¿Que es el «Mecanismo de solidaridad»?

Cuando un jugador profesional se transfiere entre clubes antes de que venza su contrato, los equipos que contribuyeron a su formación recibirán una parte de la indemnización pagada al club vendedor.

¿Donde esta regulado?

En el articulo 21 y en el anexo 5 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA.

Logo de la FIFA.

¿Que cantidad de dinero es?

El 5% de cualquier indemnización pagada al club que vende al futbolista, salvo la indemnización por formación, esta cantidad saldrá de lo pagado por el nuevo club para hacerse con los servicios del jugador, ademas sera distribuida por este equipo entre el resto.

Esta cantidad sera distribuida entre los equipos en los de los que haya estado inscrito el futbolista entre los 12 años y los 23, esto se hara de la siguiente manera, regulada en el punto 1 del anexo 5 del reglamento
sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA:

– Temporada del 12.º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % de la indemnización total)

– Temporada del 13.er cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % de la indemnización total)

– Temporada del 14.º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % de la indemnización total)

– Temporada del 15.º cumpleaños: 5 % (es decir 0.25 % de la indemnización total)

– Temporada del 16.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % de la indemnización total)

– Temporada del 17.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % de la indemnización total)

– Temporada del 18.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % de la indemnización total)

– Temporada del 19.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % de la indemnización total)

– Temporada del 20.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % de la indemnización total)

– Temporada del 21.er cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % de la indemnización total)

– Temporada del 22.º cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % de la indemnización total)

– Temporada del 23.er cumpleaños: 10 % (es decir 0.5 % de la indemnización total)


¿Como se paga?

Dentro de los 30 días siguientes a la inscripción del jugador, o en los casos de pagos aplazados en los 30 días siguientes a cada pago.

El responsable de pagarlo es el nuevo club del futbolista, que deberá hacerlo conforme al historial que consta en el pasaporte de futbolista, requiriendo ayuda al jugador si fuera necesario.

Si una asociación (ejem: RFEF, AFA…) acredita que el club ya no esta inscrito por algún motivo, esta puede solicitar ese dinero, para destinarlo a desarrollo de fútbol juvenil.

Si no se cumple con el pago, la comisión disciplinaria podrá imponer sanciones al club.

¿Se puede reclamar esta compensación?

Existe un proceso de reclamación a través del TMS ( Sistema de Correlación de Transferencias), en caso de que el club no disponga de este sistema, se tramitara a través de la asociación a la que pertenezca el club (ejem: RFEF). Añadir que esta reclamación se regirá por el Reglamento de procedimiento de la Comisión del estatuto del jugador y de la cámara de Resolución de disputas.

Los plazos fijados por el TMS serán los validos para reclamar.

Una vez presentada la reclamación, se inicia un proceso, con la creación de una subcomisión, que una vez constituida recibirá todas las pruebas que aporte la parte y una vez recibidas dará comienzo al procedimiento, notificándoselo al demandado, que deberá presentar la documentación requerida por la subcomision para poder decidir sobre la disputa, en caso de no responder el demandado en el plazo de 20 días, se tomara en consideración el asunto con la documentación que disponga la comisión, es decir, con lo que ha aportado el que reclama.

Hay que tener en cuenta que los escritos han de estar dirigidos a la subcomision de la FIFA en el idioma de origen, mas los cuatro oficiales de la FIFA, sino podrá ser desestimado el recurso.

A partir de aquí, la subcomisión comunica la resolución, que tiene carácter vinculante y da un plazo de 10 días para pedir el fundamento de la resolución, si no se hace, esta ya se considerara firme, es decir que ya no se podrá reclamar. En caso de pedirla se da un plazo para poder oponerse.

Todo este proceso de reclamación viene recogido en el anexo 6 de el reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA.


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