En Julio de 2019 la FIFA paso una circular a las federaciones donde se incluía el código disciplinario con los cambios para este año. Os vamos a presentar los que entendemos mas relevante para nosotros. Estos cambios están en vigor desde el 15 de julio de 2019.

La FIFA, debido al crecimiento del fútbol en la ultima década ha entendido que tiene que agilizar algunos procesos que se han quedado obsoletos o lentos, por ejemplo en lo relativo a la carga de trabajo que han experimentado los órganos judiciales, ya que los procedimientos disciplinarios se les exige que sean mas rigurosos, expeditivos y eficaces. También ha entendido la FIFA que tiene que dar respuesta a temas que han cobrado una importancia mas relevante en los últimos tiempos, como son los casos de racismo, intolerancia o la manipulación de partidos.

A continuación enumeraremos los principales ámbitos en los que se han producido cambios y nos pararemos de manera mas extensa en los que consideramos mas importantes para los que nos dedicamos a la intermediación:

  1. Extensión del código: se ha pasado de 147 a 72 artículos. Buscan un texto mas accesible y fácil de entender.
  2. Lucha contra la manipulación de partidos: La comisión disciplinaria sera la única encargada de dirimir estos asuntos. Como consecuencia de esto, la comisión ética se centrara exclusivamente en asuntos de tipo ético. (articulo 18 del CDF)
  3. Tolerancia cero al racismo y la discriminación.
  4. Justicia financiera: la FIFA se compromete a que hará cumplir lo que dictamine la cámara de resolución de disputas y la comisión del estatuto del trabajador a través de la comisión disciplinaria. Dentro de este apartado tres grandes cambios: (i) La FIFA ejecutara los autos del TAD relativos a los procedimientos ordinarios; (ii) La medida disciplinaria estándar sera prohibir fichar a los clubes hasta que paguen las cantidades que deben; y (iii) La FIFA tomara medidas contra los sucesores deportivos de los deudores, para evitar que no cumplan con sus obligaciones financieras con otros clubes, entrenadores, jugadores… a través de una sucesión deportiva.
  5. Asistencia jurídica gratuita: La FIFA apoyara a aquellas personas que no dispongan de medios económicos para hacer frente a un procedimiento disciplinario. Se tratara de una ayuda en una serie de temas concretos (se pueden ver en el artículo 42 del CDF)
  6. Costas procesales: la FIFA garantiza que los recursos en primera instancia (Comisión disciplinaria) no tendrán costas judiciales. Y se reduce la tasa para recurrir ante la comisión de apelación. (art.45 aptdo 1 del CDF)
  7. Transparencia: Audiencias publicas por dopaje y manipulación de partidos, pagina web donde se publicaran asuntos legales, etc
  8. Decisión conforme a una petición especifica de la parte acusad: instrumento jurídico similar a la negociación de sanciones. (art. 50 aptdo 8 del CDF)
  9. Propuesta de sanciones: antes de que se inicie el procedimiento disciplinario, el presidente de la comisión disciplinaria o en quien delegue podrá proponer una sanción en base al expediente existente. La parte afectada podrá rechazar esta sanción, entonces comenzara el procedimiento disciplinario, se anulara la sanción propuesta y no se tendrá en cuenta por la comisión.

Estos son los grandes cambios que se han aprobado en esta nueva edición para 2019 del Código disciplinario de la FIFA. Este código se puede consultar en la pagina de la FIFA.

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